Todo lo que necesitas para ser funcionario de prisiones en 2024
Convertirse en AYUDANTES de instituciones penitenciarias nunca había sido tan fácil. ¡En Academia de Prisiones, preparamos tu camino hacia el éxito!
El horario de Ayudante de Instituciones Penitenciarias, afecta al personal que desempeñan puestos de trabajo adscritos a las denominadas Áreas Mixta, Oficinas, Tratamiento y a todas las categorías de personal laboral que no tienen expresamente asignado un puesto de trabajo con turnicidad, en los términos que en el correspondiente epígrafe de esta instrucción se regula.
La jornada semanal de este personal será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y dos horas anuales. Con carácter general, se realizarán de lunes a viernes en turnos de mañana o tarde.
La parte fija del horario queda establecida en treinta y cinco horas en cómputo semanal, debiendo realizarse en turno de mañana o tarde, entre las 8,00 y las 15,00 horas y entre las 15,00 y las 22,00 horas, respectivamente.
La parte variable o flexible del horario, que será de dos horas y treinta minutos, se podrá realizar de las siguientes formas:
– Treinta minutos diarios antes o después de la parte fija del horario.
– Acumulada en turno distinto, en mañana o tarde, de la jornada que se venga realizando habitualmente.
En todo caso, la determinación del personal asignado a los turnos de mañana o tarde corresponderá al Director del establecimiento en razón de las atribuciones que tiene reconocidas.
Durante la jornada de trabajo se podrá disfrutar de una pausa, por un periodo de treinta minutos, que se computará como trabajo efectivo. Esta interrupción no podrá afectar a la prestación de los servicios y con carácter general, podrá disfrutarse entre las 10,00 y las 12,30 horas y entre las 17,00 y las 19,30 horas.
En aquéllos Establecimientos que por sus características y condiciones, no sea preciso cubrir la totalidad del turno de tarde de 15,00 a 22,00 horas, el Director del Centro podrá establecer un turno rotativo con el personal que realiza el turno de mañana, de duración inferior a la del horario general, garantizando la cobertura del servicio.
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